La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) advierte de que es posible que las aerolíneas puedan cobrar el incremento de las tasas aeroportuarias si el billete está comprado antes del 1 de julio. Desde la OCU consideran que urge una homologación de la normativa turística.
Las tasas aeroportuarias han subido desde el 1 de julio y pueden aplicarse aún habiendo comprado el billete antes de la entrada en vigor del impuesto.- (EFE)
A partir de julio han subido las tasas aeroportuarias, coincidiendo con la aprobación y entrada en Vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En este punto surge una cuestión: ¿Pueden pedirnos que abonemos las tasas de un billete que compramos ante del 1 de julio? La Ley de Seguridad Aérea establece con carácter general que el importe de este tipo de prestaciones puede ser repercutido a los pasajeros, pero esta norma hay que aplicarla conjuntamente con la regulación referida a la protección de los consumidores. Si hemos comprado un billete 'low cost' antes del 1 de julio, es posible que al aplicarnos la subida de tasas paguemos un importe mayor que el abonado antes del aumento del impuesto.
¿Qué hacer si me exigen el pago de las tasas?
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda revisar las condiciones generales para constatar si tal posibilidad estaba prevista en el contrato. Si es así, efectivamente pueden exigirte el pago; si no pueden reclamarte la subida de tasas por no estar en el contrato cuando compraste el billete, lo normal es que abones la cantidad y después exijas que te reembolsen la cantidad pagada; si se trata de un billete 'low cost' y el incremento de las tasas supera el importe que pagaste en un principio, puedes anular el contrato y pedir que te reembolsen el dinero pagado por el billete; en el caso de que sí estés interesado en viajar con tu billete 'low cost' porque anularlo te supondría perjuicios mayores, debes pagar las tasas y pedir una devolución intentando argumentar los graves problemas que te ocasionaría anular el contrato inicial.
La OCU considera urgente una homologación de la normativa turística, al existir desigualdades en la regulación de un mismo contrato.
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Ese impuesto es solo para el viaje de ida saliendo desde España o tambien se pafa el de vuelta a España? Cuanto cuesta?
Menuda pandilla de ladrones. Una vez mas lo pagamos los ciudadanes
¿Y si ya he sacado hasta la tarjeta de embarque? ¿Me pueden negar la subida al avión? Y en caso de que tenga que pagar ahora esa tasa (el billete lo compre hace meses) ¿Puede Rayan Air obligarme a pagar también el recargo por pagar con tarjeta de crédito? (25%u20AC creo que era) Hoy he recibido este correo de la compañía : Estimado cliente, El presupuesto español del 2012 se convirtió en ley el sábado 30 de junio, y como resultado todas las compañías aéreas están obligadas a partir del 1 de julio en adelante de cobrar un aumento de los impuestos de salida de los aeropuertos españoles a todos los pasajeros reservados en vuelos después de esa fecha. Parece ser que el aumento del impuesto español de salida del aeropuerto también se puede aplicar de forma retroactiva a los clientes que reservaron vuelos antes del 2 de julio 2012 y que viajen a partir del 1 de julio. De acuerdo con los Términos y Condiciones Generales de Viaje de Ryanair (artículo 4.2.2) por la presente avisamos a los pasajeros que podríamos vernos obligados a cobrar el aumento del impuesto de salida del aeropuerto impuesto por el gobierno español a los pasajeros en todos los vuelos que salen de España que fueron reservados antes del 2 de julio 2012 para viajar desde el 1 de julio del 2012 en adelante. Una vez que las autoridades españolas confirmen si el aumento del impuesto de salida se aplica retroactivamente (como se indica más arriba), Ryanair notificará a los pasajeros por correo electrónico de los cargos adicionales aplicables a su reserva previa al 2 de julio. Los pasajeros que no deseen aceptar el impuesto adicional tendrán la opción de cancelar su vuelo y recibir un reembolso completo. NOTA: Todas las nuevas reservas de vuelos con origen en aeropuertos españoles realizadas el/ o después del 2 de julio no estarán afectadas por esta cláusula retrospectiva ya que el aumento del impuesto de salida ya ha sido incluido en el precio del vuelo comprado
SI HAS COMPRADO ELBILLETE Y NO ESTAS LOCALIZABLE PARA INFORMAR AL COMPRADOR Y ES PARA EL 20 D JULIO ¿PUEDE PERDER EL BILLETE ? ¿COMO PAGAR LAS NUEVAS TASAS PARA NO PERDERLO¿
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